Existen ONPF que expiden documentos oficiales que establecen los requisitos fitosanitarios para los productos vegetales, según el país de origen. IV. 2.3 - Describir la relación entre el Agente de Control Biológico (ACB) y la plaga a controlar, especificando si se trata de parasitismo, predación, etc. Que la Coordinación de Cuarentenas, Fronteras y Certificaciones propone la revisión y actualización de las normas que reglamentan las importaciones de animales, material reproductivo, formas precursoras de vida, zooterápicos, biológicos, fertilizantes, alimentos para animales, plantas, sus partes, enmiendas, medios de sostén y/o crecimiento orgánicos, organismos de control biológico, productos, subproductos y derivados de origen animal y/o vegetal, mercaderías y/o insumos que contengan como componentes o entre sus componentes, ingredientes de origen animal y/o vegetal, de competencia de la citada dependencia. Téngase por ley de la Nación, publíquese é insértese en el Registro Nacional. Que mediante Resolución N° 32 del 4 de mayo de 2001 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se crea la Coordinación de Cuarentenas, Fronteras y Certificaciones, con competencia y responsabilidad en el comercio de exportación e importación de animales y vegetales y los productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, quedando en el ámbito de la misma llevar los registros pertinentes que le competen a cada una de las áreas que ahora dependen de ella. EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL; RESUELVE: ARTICULO 1º- Apruébase la operatoria para autorizar la importación de animales vivos o su material reproductivo, que se  indican en el Anexo I de la presente resolución. Art. Lo expuesto sin perjuicio de requisitos especiales exigidos en las reglamentaciones particulares de los diversos rubros. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso  etc., sancionan con fuerza de--LEY: Art. “Afortunadamente, de la verificación que hemos hecho, ningún kilo de carne se ha vendido de estos establecimientos e inmediatamente adoptamos una resolución, que será publicada mañana, en la que cancelamos la autorización de dos de estos establecimientos, tanto para el pollo como para la carne de vacuno”, señaló en declaraciones para TV Perú. © 2023 Agencia Agraria de Noticias. Artículo 33.- Las penas impuestas en los artículos anteriores, serán aplicadas por los jueces federales o de territorios federales en juicio sumario, a pedido de las autoridades sanitarias que serán parte en él. ARTICULO 19.- Cualquier incumplimiento a los procedimientos establecidos en la presente norma dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Capítulo VI - artículo 18 y subsiguientes del Decreto N° 1585 del 19 de diciembre de 1996. Además se deberá tener en cuenta que la base de datos está conformada en base a antecedentes de exportación, por lo tanto no todos los productos a todos los destinos están incluidos en la consulta pública, por lo que si un producto a un destino no aparece en la base de datos puede ser que el mismo esté cerrado para esa exportación o que no se cuente con antecedentes. La SAG- SENASA reduce en un 89% el trámite para permisos de importación DESCARGAR EN PDF • La SAG- SENASA, lidera los procesos para la importación de productos agroalimentarios en el país. ARTÍCULO 10. ARTICULO 10.- Apruébase el Procedimiento administrativo para el trámite de importación de productos, subproductos, derivados de origen animal o mercaderías y/o insumos que con-tengan como componentes o entre sus componentes, ingredientes de origen animal que consta en el Anexo III que forma parte de la presente resolución. DCA PG 02 IN 01 V7 Habilitación de establecimientos exportadores a Costa Rica ( pdf, 171 KB ) (509 descargas) Popular. WebImportación. 6°: Los operadores comerciales como personas físicas, personas jurídicas o sociedades de hecho que se encuentran inscriptos a la fecha en el Registro de Importadores y/o Exportadores para una o ambas modalidades, que lleva la Coordinación de Importación de Productos dependiente de la Coordinación de Cuarentenas, Fronteras y Certificaciones cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 4° de la presente resolución, deberán presentar dentro de los NOVENTA (90) días corridos de la publicación de la presente resolución, el Anexo III de reinscripción debidamente completado y fotocopia del registro provisorio oportunamente entregado. WebDCA PG 02 IN 01 RE 001 V2 Información requerida para el analisis técnico de materias primas de bajo riesgo ( pdf, 168 KB ) (452 descargas) Popular. WebEn el caso que necesites el certificado en físico, podrás recogerlo en la sede del Senasa que indiques en la plataforma. Artículo 4.- Todo propietario o persona que, de cualquier manera, tenga a su cargo el cuidado o asistencia de animales atacados por enfermedades contagiosas o sospechosos de tenerlas, está obligado a hacer inmediatamente la declaración del hecho a la autoridad local que los reglamentos sanitarios determinen. RESUELVE: ARTICULO 1°.- Apruébase el formulario Solicitud de Importación de Agentes de Control Biológico de Plagas Agrícolas (ACBs) y el Dossier que deberá acompañar la presentación del formulario mencionado, según el modelo que como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución. ANEXO l Que se han evaluado las diferentes situaciones generadas en el período de vigencia del alerta sanitario que llevaron a realizar cambios en las condiciones de importación y tránsito de productos de la salmonicultura procedentes de la REPÚBLICA DE CHILE por la REPÚBLICA ARGENTINA. ARTÍCULO 12. Si resultase algún animal atacado de enfermedad contagiosa, podrá ordenarse, según las circunstancias, que sea inmediatamente sacrificado, sin que ello autorice la exigencia de indemnización alguna. ARTÍCULO 13. Dichas plantas o los países en que las mismas se encuentran, solicitarán, si se cumplieron los DOS (2) años o bien antes de que expire el plazo vigente, la visita para la continuidad de las exportaciones a nuestro país. Que la Resolución Nº 629 del 2 de septiembre de 2004 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria autoriza únicamente la emisión de las Autorizaciones Fitosanitarias de Importación (AFIDIs) para el ingreso de frutos frescos de cucurbitáceas originarios de los Municipios de Paranapuá y Urania, del Estado de San Pablo, y los Municipios de Manga, Matías Cardoso, Pedra María da Cruz, Unaí, Joao Pinheiro, Paracatú, Bom Despacho y Uberlandia del Estado de Minas Gerais, República Federativa del Brasil. 2) Las solicitudes de importación tendrán una validez de treinta días corridos a partir de Ia fecha de su aprobación, quedando sujeta a cancelación sin previo aviso por razones de sospecha a confirmación de enfermedades exóticas de  alto riesgo en el País de origen. — Comunicación. Inciso b) Material acuícola de riesgo: designa material patológico, el agua residual utilizada en el transporte de peces vivos y algas marinas en estado húmedo, recolectadas del medio marino. Inciso c) Transitar con productos de la salmonicultura y material acuícola de riesgo, por la REPÚBLICA ARGENTINA, fuera de la zona libre. WebFecha de ingreso 06/11/2008 Ubicación Lima, Perú. Inciso b) Incrementar los controles y restricción de ingreso a través de las personas, equipajes y vehículos en general, de los objetos o las mercaderías de riesgo citadas en la presente resolución, mediante la modalidad de tránsito vecinal fronterizo. La SAG- SENASA reduce en un 89% el trámite para permisos de importación DESCARGAR EN PDF • La SAG- SENASA, lidera los procesos para la importación de productos agroalimentarios en el país. Que se han consensuado en las diferentes dependencias de este Organismo, los procedimientos de auditoría en el exterior, a los efectos de su implementación. RESOLUCION N° 715/98. d)presentar fotocopia de la constancia de inscripción ante la Dirección General de Aduanas; b)completar el Formulario Registro de Firmas Autorizadas, que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución; Artículo 12.- Queda prohibida la importación, por cualquier punto de la frontera marítima, fluvial o terrestre de la República, de animales atacados de enfermedades contagiosas o sospechosos de estarlo, así como la de sus despojos y la de cualquier otro objeto que haya estado en contacto con ellos o con otros objetos susceptibles de transmitir el contagio. Inciso b) Pescado pasteurizado que se haya sometido a un tratamiento térmico a 90° C durante al menos 10 minutos, o sometidos a una combinación equivalente de tiempo/temperatura, que haya demostrado que inactiva el agente patógeno alcanzado por la presente resolución. 4) Toda la mercadería deberá estar amparada por un Certificado Zoosanitario emitido por la Autoridad Oficial del País de origen procedencia de la misma, en el cual se certifique haber dado cumplimiento a los Requisitos Sanitarios vigentes fijados por el SENASA a través de la Gerencia de Comercialización y Control Técnico, Coordinación General de Cuarentena y Prevención. ARTICULO 15.- Limítase el alcance de los artículos 1°, 2°, 4° y 5° de la Resolución N° 202 del 1° de agosto de 1992 y los artículos 1°, 2° y 4° de la Resolución N° 668 del 10 de agosto de 1994, ambas de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Quedan exentos aquellos países y establecimientos de los mismos con los cua-les exista un convenio mutuo para habilitar plantas (pre-listing) o acuerdos oficiales entre partes. la presente norma debe ser notificada a los gobiernos provinciales, con especial atención a los directamente vinculados con la zona libre, instituciones públicas o privadas competentes, fuerzas de seguridad, control fronterizo y de rutas nacionales, para la aplicación y colaboración en el control y preservación de la zona libre, y a la comunidad … WebFitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA, inició el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importación del mencionado … Fdo. Siempre se mantendrá el mismo número de registro otorgado oportunamente. Senasa suspende importación de equinos europeos para prevenir transmisión de rinoneumonitis La entidad también cancelará todos los permisos … Art. Coordinadora Ing. El Certificado Fitosanitario para Importación es el documento que emite el SENASICA, en los puntos de ingreso a México, para las mercancías sanas de origen de vegetal reguladas por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), previo cumplimiento de los requisitos establecidos para este fin. No se consignan en este cuadro todas las situaciones sino las mas generales. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que formular. 83732 del 3 de junio de 1936, 6704 del 12 de agosto de 1963, 4238 del 19 de julio de 1968, 2126 del 30 de junio de 1971, 1812 del 29 de septiembre de 1992, 1585 del 19 de diciembre de 1996, 815 del 26 de julio de 1999 y 394 del 1° de abril de 2001, las Resolucio-nes Nros. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Vet. Copyright © 2015 SENASA Que el Departamento de Sanidad Vegetal (DSV) de la Secretaría de Defensa Agropecuaria de la República Federativa del Brasil solicitó la ampliación del reconocimiento del área bajo enfoque de sistemas para el Municipio de Jaíba, Estado de Minas Gerais. WebII. Consulta de Requisitos Sanitarios para la Importación, Exportación y Tránsito Internacional de productos de origen animal y … Adherir en la página de la AFIP mediante clave fiscal, a los siguientes sistemas del Senasa: - SIGPV-IMPO para obtener las AFIDIs. El SENASA si lo considera pertinente, podrá ampliar la habilitación sin el cumplimiento de ese requisito. Estos documentos reciben distintos nombres según el país importador, tales como: Permisos Fitosanitarios de Importación (PFI), Autorización Fitosanitaria de Importación (AFIDI), Hoja de Requisitos Fitosanitarios (HRF), normas, resueltos, resoluciones, entre otros. Ana María Di Giulio Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, atento a la facultad que le confiere el artículo 8°, inciso m), del Decreto N° 1585 del 19 de diciembre de 1996. — Infracciones. FDO.DOCTOR BERNARDO CANE. Inciso e) Zona libre: designa la zona cuenca alta del río Limay y Embalse Alicurá como libre de las enfermedades Necrosis Hematopoyética Infecciosa, Necrosis Hematopoyética Epizoótica, Septicemia Hemorrágica Viral, Anemia Infecciosa del Salmón, Necrosis Pancreática Infecciosa, Enfermedad Bacteriana Renal y Piscirickettsiosis, declarada por Resolución N° 375 del 6 de agosto de 2013 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en la REPÚBLICA ARGENTINA. Leyenda: M : Importación o ingreso de mercancías al país; X: Exportación o salida de mercancías del país; T: Tránsito Internacional; R: Reingreso al país de mercancías exportadas Notas: Para suscribirse haga click aquí. Solicitud del FRS ante la DCA, el cual equivale al permiso previo de importación y que indica los requisitos sanitarios que son de cumplimiento obligatorio para que las mercancías puedan ingresar al país. BENITO VILLANUEVA. 1.3 - Describir cual es el método de control habitual de dicha plaga (prescindiendo del control biológico), 1.4 - Susceptibilidad de la plaga al Agente de Control Biológico (ACB), 2 - Del Agente de Control Biológico (ACB) a importar. Si el Servicio no pudiere reinspeccionarlas cumplido ese plazo, podrá pro-rrogarlas si así lo considera necesario. WebPermiso zoosanitario para la importación de animales vivos, productos y subproductos de origen animal Procedimiento 02 : Acta de Inicio de Cuarentena Animal Procedimiento 04 : Certificado de Internamiento Domiciliario para Observacion Cuarentenaria de Mascotas Acta de Internamiento de Animales para “Observacion Cuarentenaria” PASEO COLÓN N° 367 - ACD1063 - BUENOS AIRES, ARGENTINA  |  TELÉFONO (+54 - 011) 4121-5000, SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, sobre Resolución-715-1998-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-715-1998-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria. El Sistema integral de gestión fitosanitaria es un componente del Sistema Integrado de Gestión de Protección Vegetal (SIGPV). A través de Resolución Directoral N° 0021-2022-Midagri-Senasa-DSV Enviar Imprimir El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen y procedencia. Queda autorizado el Poder Ejecutivo para permitir la introducción al  Territorio de la República, por los puertos que determine, de toda clase de vegetales y semillas quedando sujetos á una inspección previa y á su desinfección ó destrucción, según los casos, en la forma que los reglamentos establecen. Artículo 22.- El capitán y agente de todo buque cargado con animales en puertos argentinos, que durante la travesía tuviese casos de enfermedades contagiosas, deberá comunicarlo al Gobierno argentino desde el primer puerto a que el buque llegase después de ocurrida la enfermedad, y el P.E. ARTÍCULO 8° — Corredor sanitario para el tránsito de vehículos de transporte de material acuícola proveniente de la REPÚBLICA DE CHILE a circular por la Región Patagónica con destino Chile o terceros países. El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció hoy requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de Alimentos terminados para perros y gatos procedentes de cualquier país, correspondiente a la categoría de riesgo sanitario 2. Art.5°: A los efectos de mantener la actualización del Registro, se hará una renovación anual o reinscripción para la cual se deberá completar el Formulario de Reinscripción que como Anexo III, forma parte integrante de la presente resolución. 2° — Facúltase a la Dirección Nacional de Protección Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, a autorizar la emisión de las AFIDIs para los Estados de Río Grande do Norte y Ceará de la Republica Federativa de Brasil, cuando el Senasa dé por cumplimentado los requerimientos solicitados al Departamento de Defesa e Inspeçáo Vegetal (DDIV) de la Secretaría de Defesa Agropecuaria del Ministerio de Agricultura, Pecuaria e do Abastecimieto de la Republica Federativa del Brasil en el informe técnico de la misión de auditoría y previo acuerdo con las autoridades de ese país. A esto se suma el viaje a Brasil de una delegación peruana para verificar los procesos de certificación. WebPaís de Procedencia: País de Destino: Pais de Origen ... CONSULTA DE REQUISITOS Que el suscripto es competente para dictar el presente acto de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 8°, incisos e) y n) del Decreto N° 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 394 de fecha 1° de abril de 2001. El Servicio sobre los pedidos efectuados estipulará una fecha para efectuar esa visita a ese país. 7) La Certificación Zoosanitaria de Origen, para el caso de animales y huevos fértiles. 1) Todo producto vivo o generador de vida deberá contar, antes de embarcar la mercadería en el País de procedencia, con el dictamen favorable de la Coordinación General de Cuarentena  Prevención, de la Gerencia de Comercialización y Control Técnico del SENASA, el cual se manifiesta mediante la aprobación de la Solicitud de Importación, de acuerdo a los modelos elaborados por la misma para cada tipo de mercadería debiendo en todos los casos abonar los aranceles correspondientes. ARTÍCULO 14. Artículo 30.- Serán castigados con arresto de dos a seis meses o multa de doscientos a mil pesos: 1° Los propietarios o encargados y los funcionarios o los particulares que desobedeciendo órdenes de las autoridades competentes hubiesen dejado comunicar animales enfermos con sanos; 2° Los que aun antes de la clausura de puertos para el país de origen hubiesen, a sabiendas, introducido a la República animales afectados de enfermedades contagiosas, o que hubiesen estado expuestos al contagio. Artículo 19.- Queda prohibida la exportación de animales atacados de enfermedades contagiosas o sospechosos de estarlo. WebImportaciones, Exportación y Tránsito Internacional. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino en Buenos Aires, á tres de Julio de mil novecientos dos. De la importación sobre el particular. Autorizando al P. E. para permitir la introducción al Territorio de la República por los puertos que determine, vegetales y semillas. 3) El SENASA se reserva el derecho de rechazar toda solicitud de importación cuando el análisis de viabilidad, basado en el riesgo país-producto, desaconseje su importación, por ser considerada de peligro para el patrimonio sanitario do la República Argentina. WebSenasa cancela permisos de importación de carne de Brasil y anuncia viaje de inspectores peruanos para verificar procesos de certificación (Agraria.pe) La magnitud del escándalo por la carne adulterada en Brasil ha tomado por sorpresa a muchos países que confiaban en las certificaciones del producto. 19) El personal responsable del puesto de ingreso, informará en forma fehaciente al puesto de egreso sobre el mencionado tránsito y el tiempo otorgado para realizar el mismo, que deberá ser el mínimo indispensable para un viaje directo sin escalas, por la ruta más corta, siempre y cuando no existan razones de orden sanitario que aconsejen el uso de otro trayecto como alternativa. 5° — La presente resolución quedará sin efecto en caso de incumplimiento de las exigencias mencionadas en el Artículo 3° de esta norma. Si la enfermedad de que estaba atacado el animal destruido fuese necesariamente mortal, no habrá lugar a indemnización. 1.2 - Tipo y severidad de los daños que ocasiona la plaga. Art. Inciso b) Los interesados en utilizar el territorio argentino como país de tránsito sin ingresar a la zona declarada libre de enfermedades de los salmónidos, quedan exceptuados de presentar el “Certificado Veterinario Internacional” siempre que cumplan con las siguientes condiciones: I. Ingresen al país por el paso fronterizo Integración Austral y respeten el corredor sanitario patagónico, descripto en el Artículo 8° de la presente resolución. 25) La autorización de importación temporaria, no podrá superar en ningún caso los treinta (30) días, tiempo máximo estipulado para el vencimiento do las pruebas sanitarias de origen. EXIGENCIAS MÍNIMAS PARA LAS AREAS BAJO ENFOQUE DE SISTEMAS. Inciso c) Pescado eviscerado y secado por medios mecánicos con un tratamiento térmico a 100° C durante al menos 30 minutos, o sometidos a una combinación equivalente de tiempo/temperatura, que haya demostrado que inactiva el agente patógeno alcanzado por la presente resolución. Artículo 20.- Todo animal que se intente exportar podrá ser retenido en observación, aislado, desinfectado o rechazado por el Poder Ejecutivo siempre que los inspectores sanitarios lo reputen sospechoso, sin que haya lugar a indemnización alguna. H) DEL CONTROL AL ARRIBO DE LA MERCADERIA. 6° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Cuestionarios para la habilitación de establecimientos exportadores. ARTICULO 9º.- Apruébase el Procedimiento para la aprobación y comunicación de requisi-tos fitosanitarios y zoosanitarios para la importación de animales, material reproductivo, for-mas precursoras de vida, zooterápicos, biológicos, fertilizantes, alimentos para animales, plantas, sus partes, enmiendas, medios de sostén y/o crecimiento orgánicos, organismos de control biológico, productos, subproductos y derivados de origen animal y/o vegetal o mer-caderías y/o insumos que contengan como componentes o entre sus componentes ingredientes de origen animal y/o vegetal que constan en el Anexo II que forma parte de la presente resolución. DCA PG 02 IN 01 V7 Habilitación de establecimientos exportadores a Costa Rica ( pdf, 171 KB ) (509 descargas) Popular. 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo. 18) El responsable del Puesto Fronterizo de ingreso, deberá realizar la inspección de la mercadería, otorgando al interesado, un Permiso de Tránsito Restringido, hasta el puesto de egreso del País dejando constancia en el mismo de los precintos de los medios de transporte, o contenedores según corresponda. Certificación, producción, comercialización e importación de semillas de especies forestales. ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese. 21 Jul 2021. pdf. • A la fecha, hay cerca de 1,500 usuarios utilizando esta herramienta y se han emitido más de 40,000 permisos de … 34) Las mencionadas actas serán giradas a la Subgerencia de Asuntos Jurídicos quien determinará las responsabilidades que le cupieran a los interesados. No todas las plantas o productos vegetales tienen autorización de ingreso al Perú. El PZI se puede obtener por internet, aquí. Un Sistema de Gestión de Permisos de Importación para Plaguicidas y Fertilizantes ha puesto disposición de los usuarios el Servicio Nacional de Sanidad e … A. M. Tallaferro. 1°: Créase en el ámbito del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el Registro de Exportadores y/o Importadores de animales, vegetales, material reproductivo y/o propagación, productos, subproductos y/o derivados de origen animal o vegetal o mercaderías que contengan, entre sus componentes, ingredientes de origen animal y/o vegetal. La exportación de productos y subproductos de origen vegetal y otros artículos reglamentados está sujeta a las regulaciones que establecen los países importadores, ya que los mismos pueden ser vía de dispersión de plagas. Azopardo 1020 – 1er piso Inciso b) Cumplir con los requisitos establecidos en la citada Resolución N° 816/02. Formulario SOLICITUD DE IMPORTACION DE AGENTES DE CONTROL BIOLOGICO DE PLAGAS AGRICOLAS, SOLICITUD DE IMPORTACION DE AGENTES DE CONTROL BIOLOGICO WebSi deseas importar productos vegetales al Perú, debes obtener el Permiso Fitosanitario de Importación (PFI) que otorga el Senasa. ARTICULO 16.- Limítanse los alcances de la Resolución N° 758 del 13 de octubre de 1997 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION. El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció hoy requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de … Se faculta a la Dirección Nacional de Sanidad Animal, a la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, a la Coordinación General de Gerenciamiento Regional y a los Centros Regionales Patagonia Norte y Patagonia Sur de este Servicio Nacional, a adoptar las acciones sanitarias de control y técnico-administrativas que consideren necesarias acorde al estado de alerta sanitario declarado por el Artículo 2° de la presente resolución. La misma se hará dentro de los TREINTA (30) días corridos posteriores a su vencimiento, no pudiendo operar quienes no la efectivicen en ese lapso hasta que regularicen dicha situación. Webque, el artículo 21 de la decisión 515, “sistema andino de sanidad agropecuaria” de la comunidad andina, dispone: “los países miembros que realicen importaciones desde … g)en el caso de las sociedades de hecho: presentar, además, certificados policiales de los domicilios reales declarados por sus integrantes y las fotocopias de los Documentos Nacionales de Identidad de cada uno de ellos y si tuvieren además, contrato social, una fotocopia del mismo. ANEXO Resolución SAGPyA Nro. 5) Toda la documentación emitida por autoridad sanitaria extranjera u organismo oficialmente habilitado que presente el interesado para avalar las condiciones sanitarias del objeto de la importación deberá estar redactada en castellano como uno de los idiomas utilizados o en su defecto, deberá ser traducida por Traductor Público Nacional a su arribo al País, no autorizándose su liberación a plaza hasta dar cumplimiento a la misma. Punto de ingreso: Paso Fronterizo “Integración Austral”, Río Gallegos, Comodoro Rivadavia, Trelew, Puesto “Arroyo Verde” (Paralelo 42°), Ruta Nacional N° 3, punto de egreso de la Patagonia. EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE ARTICULO.3º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial  archívese. 181 del 16 de marzo de 2004, 629 del 2 de septiembre de 2004, 776 del 29 de octubre de 2004, 761 del 24 de noviembre de 2005, 664 del 27 de septiembre de 2006, todas del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, y Considerando: Que la Resolución Nº 181 del 16 de marzo de 2004 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria establece la suspensión en forma transitoria y preventiva de la emisión de las Autorizaciones Fitosanitarias de Importación (AFIDIs) para el ingreso de frutos de cucurbitáceas originarias de la República Federativa del Brasil. Solicitud del FRS ante la DCA, el cual equivale al permiso previo de importación y que indica los requisitos sanitarios que son de cumplimiento obligatorio para que las mercancías puedan ingresar al país. De esos 21 solo 2 están autorizados para vender a Perú, licencias que ahora serán revocadas. 4° — Facúltase a la Dirección Nacional de Protección Vegetal a designar inspectores del Senasa para verificar la certificación en origen bajo un enfoque de sistemas. WebPor su seguridad acceda utilizando la última versión de alguno de los siguientes navegadores. Que el Permiso antes mencionado será el documento que solicitarán las autoridades de la Administración Nacional de Aduanas, en el momento en que arriben al país las partidas de agentes de control biológico importadas. Antes de realizar tu solicitud, deberás consultar los requisitos para la importación de vegetales, sus productos y subproductos, mismos que podrás encontrar … Queda prohibido ingresar por pasos de frontera existentes entre los descriptos en los Apartados I y II. WebPor su seguridad acceda utilizando la última versión de alguno de los siguientes navegadores. Por ello, el Presidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria resuelve: Artículo 1º — Amplíase el alcance del artículo 1º de la Resolución Nº 629 del 2 de septiembre de 2004 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, autorizando la emisión de las Autorizaciones Fitosanitarias de Importación (AFIDIs) para el ingreso de frutos frescos de cucurbitáceas originarios del Municipio de Jaíba, Estado de Minas Gerais, República Federativa del Brasil. 3959, 4084, 17.160 y 18.284, los Decretos Nros. Que la Resolución Nº 664 del 27 de septiembre de 2006 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, autoriza la emisión de AFIDIs para los Municipios de Uruana, Jaragua, Itapuranga y Carmo do Río Verde, del Estado de Goias. ADEX: Importaciones peruanas sumaron US$ 55.251 millones entre enero y noviembre de 2022, registrando crecimiento de 19.8%, Perú exportó 48.000 toneladas de quinua por cerca de US$ 94 millones en 2022, registrando una caída de -7.7% en volumen y -11.32% en valor, FreshFruit: Agroexportaciones peruanas en 2023 crecerían en valor 8%, Campaña de mango va mucho mejor que el 2022, Con crecimiento de 25% durante 2022, Perú se ratifica como líder mundial en exportaciones de arándanos, Existencias europeas de manzanas alcanzaron las 4.480.438 toneladas en 2022, mostrando una contracción de 8.6%, Venta de frutas y hortalizas españolas a la UE alcanzan los € 10.180 millones por 7.8 millones de toneladas entre enero y octubre de 2022, Chile potenciará el consumo nacional de arándanos, Papa amarilla cuesta hasta S/9 en mercados minoristas, Abastecimiento de productos alimenticios en Lima es normal, Grupo Gloria proyecta desarrollar 400 hectáreas de limón Tahití, Ecuador exportó 3.232,97 millones de cajas de banano entre enero y noviembre de 2022, BASF adquiere la empresa de mejora de melones ASL, Precios de los arándanos importados han aumentado considerablemente en Polonia, Midagri: Ayer ingresaron 9.932 toneladas de alimentos a mercados mayoristas de Lima. De la exportación. Inciso b) Tránsito Chile-terceros países: Punto de ingreso: Paso Fronterizo Internacional Pino Hachado (Neuquén), Zapala, Neuquén, Choele Choel, punto de egreso de la Patagonia. Artículo 18.- Deberá hacerlo también cuando, estallada una epizootia en algún país ultramarino, el limítrofe no haya tomado a su respecto las medidas precaucionales que el Poder Ejecutivo juzgue necesarias o haya peligro de que por él sean importadas esas enfermedades. Senasa deroga requisitos sanitarios en importación de alimentos para animales La entidad emitió una resolución que deja sin efecto medidas para la … ARTICULO 2º- Las normas establecidas por el artículo que precede, entraran en vigencia a partir de la publicación de la presente  en el Boletín Oficial. ARTÍCULO 4° — Importaciones. El SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se reserva el derecho de auditar la documentación inherente a ella, cuando así lo considere, según lo establecido en la presente resolución. Agr. Permiso Zoosanitario de Importación – PZI, que debe ser solicitado al SENASA antes de tramitar ante las autoridades japonesas el Certificado Zoosanitario de Exportación (porque el PZI dice que es lo que debe contener el Certificado Zoosanitario de Exportación). 2 Completá el formulario de solicitud de autorización. El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció hoy requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de Alimentos terminados para perros y gatos procedentes de cualquier país, correspondiente a la categoría de riesgo sanitario 2. 758/97, 1.1 - Especificar los cultivos a los que ataca la plaga, y la distribución nacional de la misma. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. 16) Superados en forma satisfactoria los controles antedichos, el personal oficial actuante, deberá: M) DEL INCUMPLIMIENTO. 24) De tomar la primera opción, y si las Autoridades Sanitarias consideraran viable la misma, deberá ajustarse a las condiciones sanitarias previstas, habida cuenta de la especie de que se tratare y su país de origen. 3° Los empresarios de transportes que conduzcan animales en pie con infracción de los reglamentos a que se refiere el artículo 11, debiendo duplicarse la pena cuando, por la omisión de las medidas de desinfección e higiene reglamentarias, se hubiere comunicado una enfermedad contagiosa a otros animales. WebPaís de Procedencia: País de Destino: Pais de Origen ... CONSULTA DE REQUISITOS WebLa gestión de permisos tendrá el siguiente costo por importación: Clientes personales RD$1,500.00 Clientes corporativos RD$1,950.00 Los clientes corporativos deberán estar … Miguel Quevedo, director de Sanidad Animal del Senasa, informó que las primeras informaciones sobre este escándalo lo sorprendieron pero que desde el fin de semana pasado empezaron investigaciones internas y tomaron acciones para verificar la presencia de carne brasileña en el mercado peruano, especialmente de las 21 empresas de ese país que están bajo investigación en este momento. ARTÍCULO 5° — Tránsito internacional. II. Webestar inscripto en el Registro de Exportadores y/o Importadores en la Dirección General de Aduanas. Permiso Zoosanitario de Importación – PZI, que debe ser solicitado al SENASA antes de tramitar ante las autoridades japonesas el Certificado Zoosanitario de Exportación … Descargar Google Chrome (mínimo v60) Descargar Firefox (mínimo v59) … ARTICULO 4º.- Todo pedido nuevo de importación de productos, subproductos, derivados de origen animal o mercaderías y/o insumos que contengan como componentes o entre sus componentes, ingredientes de origen animal, de competencia del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA que se solicite de una nueva planta de un país que nos está exportando o nueva planta de cualquier país, quedará sujeto a la previa inspección de la misma, cuando este Servicio Nacional así lo considere. Webestar inscripto en el Registro de Exportadores y/o Importadores en la Dirección General de Aduanas. - Bernardo G. Cané. WebARTICULO 2°.- Apruébase el formulario Permiso de Importación de Agentes de Control Biológico de Plagas Agrícolas (ACBs) y su correspondiente contenido de información, según el modelo que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución. Las resoluciones que pronuncien serán apelables en relación. 1. III. Artículo 28.- Los propietarios que no hubiesen cumplido algunas de las prescripciones de esta ley o de los reglamentos sanitarios emanados del Poder Ejecutivo, perderán todo derecho a ser indemnizados por las causales enumeradas en los artículos precedentes. Que por la Resolución N° 295 del 25 de marzo de 1999 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se enlistaron los productos de origen animal que pueden ser ingresados al país en cantidades limitadas, sin intervención del SENASA. Las infracciones cometidas a la presente resolución serán sancionadas según lo establecido en el Capítulo V de la Ley N° 27.233, sin perjuicio de las medidas preventivas que pudieran adoptarse de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución N° 38 del 3 de febrero de 2012 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. Por ello, Weblas condiciones establecidas por el senasa para autorizar la importación de peces ornamentales (tropicales, marinos y de agua fría) e invertebrados acuáticos ornamentales se corresponden también con aquellas fijadas al respecto por la dirección de acuicultura de la dirección nacional de coordinación pesquera de la subsecretaria de pesca y … Hacer constar en el certificado de origen los Nº de precintos colocados. ARTÍCULO 11. D) DE LOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS ESPECIFICOS. Recorrido inverso: puesto de ingreso Paso Fronterizo “Integración Austral”, mismo recorrido, pasando por las mismas localidades. ARTICULO 5º.- Los establecimientos faenadores, establecimientos elaboradores y/o depósi-tos de productos, subproductos, derivados de origen animal, insumos animales y mercaderías con componente animal de cualquier país, desde los cuales se ha autorizado a importar hasta la fecha, podrán ser inspeccionados cuando el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA así lo disponga. 2º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. ARTICULO 13.- Apruébase el Procedimiento administrativo para el trámite de importación de plantas, sus partes, medios de sostén y/o crecimiento orgánicos (emisión de la Autorización Fitosanitaria de Importación, AFIDI), productos, subproductos, derivados de origen vegetal o mercaderías y/o insumos que contengan como componentes o entre sus componentes, ingredientes de origen vegetal que consta en el Anexo IV que forma parte de la presente resolución. Usted podrá consultar los requisitos fitosanitarios, con los que cuenta el Senasa en función de los antecedentes de exportación, accediendo AQUÍ Portal de certificación fitosanitaria de exportación. Inciso b) Cuando el destino final del producto de la salmonicultura es la REPÚBLICA ARGENTINA exceptuando la zona libre: I. Si el itinerario de tránsito contempla la zona libre, los interesados deben presentar el “Certificado Veterinario Internacional”. EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA 3 Adjuntá la documentación. Inciso b) Transitar con dichos productos por la zona libre de enfermedades de los salmónidos de la REPÚBLICA ARGENTINA. 17) Todo producto vivo o generador de vida que haya sido autorizado previamente para realizar un tránsito a través del Territorio Nacional, deberá exhibir en el Puesto Fronterizo de ingreso el Certificado Sanitario Oficial, el que deberá cumplir por lo menos, las exigencias sanitarias de la República Argentina, para que sea autorizado su ingreso. Art. Hazlo en 3 pasos: 1 Paga tu trámite Cancela S/ 61.20 por el PFTI o S/ 43.20 por la modificación, en una de las cuentas del Senasa. WebFormulario PERMISO DE IMPORTACION DE AGENTES DE CONTROL BIOLOGICO DE PLAGAS AGRICOLAS (ACBs) e Instructivo CONTENIDO DE INFORMACION. El formulario del ítem b) y las fotocopias de las documentaciones requeridas en los ítems c) a g) inclusive, deben hallarse certificadas por Escribano Público, Juez de Paz, Policía u otro Organismo de Seguridad o bien certificadas por los mismos Organismos en el caso de los ítems c) y d). La Certificación Fitosanitaria es la aplicación de procedimientos destinados a dar cumplimiento a los requisitos fitosanitarios establecidos por el Organismo Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país importador para el ingreso de productos y subproductos de origen vegetal y otros artículos reglamentados. Se abroga la Resolución N° 544 del 26 de noviembre de 2014 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. 13) Si llegado al País, el objeto de la importación presentara evidencias o sospechas fundadas de portar organismos causantes de enfermedades exóticas o de riesgo a la República Argentina, los mismos podrán ser reexportados, castrados, sacrificados o sometidos a cualquier otra medida sanitaria, según lo determine el SENASA, no haciéndose responsable el mismo por los gastos y/o pérdidas a que pudieran dar tales medidas. I) DE LOS TRANSITOS POR EL TERRITORIO NACIONAL. ARTICULO 8º.- Cuando se requiera o fuere necesaria la inspección en origen por personal de este Organismo según lo establecido en la presente resolución, para analizar la factibilidad de exportación de productos hacia la REPUBLICA ARGENTINA, el total de los gastos que ello implique estará a cargo del solicitante y/o interesado en la operatoria comercial, idéntico criterio se seguirá, cuando el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA estime conveniente realizar una visita a un país con el fin de verifi-car "in situ", todo lo relacionado a las exportaciones destinadas a la REPUBLICA ARGENTINA. Art. La no observación de esta disposición autorizará al Poder Ejecutivo a aumentar hasta cinco años el entredicho establecido en el artículo anterior o aplicarlo a otros buques de la misma empresa cargadora, y aun a todos ellos, según la gravedad de la falta. WebDCA PG 02 IN 01 RE 001 V2 Información requerida para el analisis técnico de materias primas de bajo riesgo ( pdf, 168 KB ) (452 descargas) Popular. Art. a) A la Estación Cuarentenaria Oficial o en el caso en que el SENASA lo haya considerado necesario previamente, a otra autorizada temporariamente en carácter de expresión, un Permiso de Tránsito Restringido y un Permiso de Desembarque. Artículo 34.- El Poder Ejecutivo procederá a levantar un lazareto cuarentenario y un laboratorio bacteriológico en los terrenos de propiedad nacional, existentes en el puerto de la capital. Por decisión del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se podrá otorgar una prórroga a las mismas. PASEO COLÓN N° 367 - ACD1063 - BUENOS AIRES, ARGENTINA  |  TELÉFONO (+54 - 011) 4121-5000, Portal de certificación fitosanitaria de exportación, Resolución-517-2015-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-260-2014-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-215-2014-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Disposición-4-2013-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Disposición-30-2012-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-554-2011-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-714-2010-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-803-2006-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Disposición-5-2003-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-501-2001-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-492-2001-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-409-1996-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Decreto Nacional-4238-1968-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Brasil reconoció al Laboratorio Vegetal del Senasa para realizar análisis de calidad en el trigo de exportación argentino, Operativo de control de pesticidas en cargamentos de granos, Senasa TV: El arroz argentino alimenta al mundo, Pampero TV: exportaciones de granos y aceites, Pampero TV: sistema de control de calidad de maíz pisingallo, Certificación de importaciones de soja en el sur de Santa Fe, Pampero TV: Cereales para el deleite mundial, Informe sobre la calidad del trigo argentino realizado junto a entidades ligadas al sector, Argentina se posiciona como un fuerte y confiable proveedor de sorgo, Sistema de Control de Calidad de Maíz Pisingallo, Pampero TV: sistema de Control de Calidad de maíz pisingallo. Que en virtud de lo expuesto, resulta conveniente crear un registro de Importadores y Exportadores que comercialicen mercancías de competencia de las áreas de la Coordinación de Cuarentenas, Fronteras y Certificaciones precisando a quienes alcanza el mismo, siendo necesario tener identificado a los responsables de las operaciones comerciales que por ella se canalicen. III. 35) El incumplimiento parcial o total de las pautas fijadas en la presente norma hará pasible al infractor de las sanciones previstas en el Capítulo V artículo 24 de la Ley Nº 23.889 que determine el SENASA, a través del dictamen emanado de la Subgerencia de Asuntos Jurídicos, independientemente del destino que se dé a la mercadería, el quo será determinado, por la Gerencia de Comercialización y Control Técnico, de acuerdo al riesgo potencial que la misma implique. Artículo 1º — Aprobar las normas para la certificación, producción, comercialización e importación de semillas de especies forestales que como Anexo I forman parte de la presente. Finalidades. ARTICULO 6°.- Cuando razones de índole sanitario o zoosanitario así lo justifiquen se podrá inspeccionar cualquier establecimiento de los que están autorizados a exportar a la REPU-BLICA ARGENTINA, revocando esa autorización si no se cumplen las condiciones estable-cidas, incluso los habilitados por pre-listing o acuerdos oficiales entre partes. No se consignan en este cuadro todas las situaciones sino las mas generales. 23) Finalizado el mismo, deberá optar por su radicación definitiva o su reexportacion dentro de los diez (10) días subsiguientes. — Abrogación. dará el aviso correspondiente a las autoridades del puerto de destino. Que en el expediente citado en el Visto, obra agregado el Informe de la Evaluación de Riesgo realizado por el SENASA en relación a la importación y tránsito de vehículos que transportan productos de la salmonicultura procedentes de la REPÚBLICA DE CHILE por territorio argentino. Que asimismo servirá como información de base para proyectar y elaborar futuras políticas y estrategias de desarrollo para el sector. COPYRIGHT © 2015 SENASA ® - VERSION 2.2 Artículo 1° — Limítase el alcance del Artículo 1° de la Resolución N° 181 del 16 de marzo de 2004 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, … SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - AV. 5 Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico. Que desde la entrada en vigencia de la citada Resolución N° 375/13, se estableció un corredor sanitario para los camiones provenientes de la REPÚBLICA DE CHILE con material acuícola vivo u otros contenidos de riesgo para el tránsito Chile-Chile. La citada Coordinación podrá modificar y adecuar los contenidos de la citada constancia, respetando como mínimo los datos previstos en la presente resolución. Adherir en la página de la AFIP mediante clave fiscal, a los siguientes sistemas … 1354 del 27 de octubre de 1994 y 1415 del 17 de noviembre de 1994, ambas del ex-SERVICIO NACIONAL DE SA-NIDAD ANIMAL, en el Procedimiento administrativo para el trámite de importación de animales vivos y material reproductivo. Inciso a) Se prohíbe el ingreso a la zona libre, de peces salmónidos de origen chileno frescos, enfriados o congelados —enteros, eviscerados o trozados— capturados a través de la pesca deportiva. Asimismo, generará los mecanismos y procedimientos necesarios para el establecimiento de los requisitos fitosanitarios y zoosanitarios como así también los procedimientos administrativos para autorizar las importaciones correspondientes en cada caso y podrá prohibir o suspender el ingreso al Terri-torio Nacional de aquellas mercancías de competencia del SERVICIO NACIONAL DE SA-NIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA cuando las condiciones técnicas o de emer-gencia así lo aconsejen. El grado de control (individual o grupal) estará sujeto al volumen y naturaleza de la mercadería y la capacidad operativa del Puesto Fronterizo. Usted podrá consultar los requisitos fitosanitarios, con los que cuenta el Senasa en función de los antecedentes de exportación, accediendo AQUÍ Portal de certificación fitosanitaria de exportación Que, asimismo, obran notificaciones del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA de Chile (SERNAPESCA) de nuevos casos de ISA en el período de vigencia del alerta sanitario, lo cual mantiene el estado de alerta vigente. B) DEL CERTIFICADO ZOOSANITARIO. WENCESLAO ESCALANTE. 2) El Departamento de Defesa e Inspeçáo Vegetal deberá garantizar la condición fitosanitaria mediante un sistema de trazabilidad oficial que permita asegurar el origen de la producción y su seguimiento. II. Inciso c) En el caso de transporte de pescado (salmónidos) sin tratamiento térmico previo que garantice la inactivación del virus de la Anemia Infecciosa del Salmón (ISA) y que no presenten el “Certificado Veterinario Internacional”, o tránsito con material acuícola de riesgo, deben respetar el corredor sanitario patagónico descripto en el Artículo 8° de la presente resolución. F) DE LA INSPECCION SANITARIA DE INGRESO. Esta zona, está dedicada a mostrar los enlaces rápidos de mayor importancia para los importadores y exportadores que tenemos en nuestro portal y que ofrecemos a ustedes para un mejor acceso directo en su día a día. Artículo 26.- El derecho de los propietarios a pedir la indemnización se prescribe a los tres meses de la destrucción ordenada. L) DE LOS RECHAZOS EN LA IMPORTACION. WebEn el caso que necesites el certificado en físico, podrás recogerlo en la sede del Senasa que indiques en la plataforma. • A la fecha, hay cerca de 1,500 usuarios utilizando esta herramienta y se han emitido más de 40,000 permisos de … La SAG- SENASA reduce en un 89% el trámite para permisos de importación DESCARGAR EN PDF • La SAG- SENASA, lidera los procesos para la …   ARTICULO 17.- Amplíase los términos de la Resolución Nº 492 de fecha 6 de noviembre de 2001 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, incorporándose a la misma los organismos de control biológico. no puedan ser aprobados. VISTO el expediente N° 11.015/2001 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y CONSIDERANDO: Que la Coordinación de Cuarentenas, Fronteras y Certificaciones considera necesario crear un Registro de Importadores y Exportadores de productos de competencia de este Servicio Nacional y precisar quienes deben inscribirse en el mismo, sin perjuicio de registrarse ante otras Dependencias u Organismos del Estado si correspondiere. Que con el dictado de la Resolución N° 544 del 26 de noviembre de 2014 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se declara el alerta sanitario en las Provincias del NEUQUÉN, de RÍO NEGRO, del CHUBUT y de SANTA CRUZ, con motivo de la presencia de nuevos focos de ISA en la REPÚBLICA DE CHILE. Art. WebCiertas mercancías pueden exigírseles requisitos especiales. Artículo 21.- Ningún buque podrá cargar animales sin ajustarse, en cuanto a sus condiciones higiénicas, a los reglamentos correspondientes. ARTICULO 3°.- La autoridad competente en materia sanitaria y veterinaria y/o la Organiza-ción Nacional de Protección Fitosanitaria del país de origen y/o procedencia, cuando el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA lo considere, deberá dar garantías con sistemas auditables de los animales, material reproductivo, formas precursoras de vida, zooterápicos, biológicos, fertilizantes, alimentos para animales, plantas, sus partes, enmiendas, medios de sostén y/o crecimiento orgánicos, organismos de control biológico, productos, subproductos y derivados de origen animal y/o vegetal o mercaderías y/o insumos que contengan como componentes o entre sus componentes, ingredientes de origen animal y/o vegetal, en toda la cadena de producción y comercialización, desde su origen hasta el embarque hacia la REPUBLICA ARGENTINA.
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